CARLOS GABRIEL GARCIA DICE DECRETOS VIOLAN CONSTITUCION

El diputado Carlos Gabriel García dijo que violan la Constitución de la República  todos los decretos emitidos por el Poder Ejecutivo otorgándole el rango de “Ministro de Estado” a directores generales y otros funcionarios de menor jerarquía en el gobierno.


Expresó que el Presidente de la República es el jefe de la administración  pública y tiene la facultad  para nombrar  los ministros, viceministros y demás funcionarios públicos  cuya designación no sea atribuida por la Constitución a ningún otro organismo del Estado, pero no tiene facultad para crear ningún ministerio de estado.Recordó que el artículo 134 de la Constitución de la República, proclamada el 26 de enero del 2010, establece textualmente lo siguiente:  “ para el despacho de  los asuntos de gobierno habrá  los ministerios que sean creados por ley. 


Cada ministerio estará a cargo de un ministro y contará con los viceministros que consideren necesarios para el despacho de sus asuntos.”El legislador perredeista destacó que en virtud de ese artículo el Presidente de la República puede designar todos los viceministros que considere necesarios para despachar los asuntos de Estado en un ministerio determinado, pero ese mandado constitucional no le otorga facultad para crear  ministerios y tampoco para otorgar los privilegios propios de esa posición a otros funcionarios de menor jerarquía.


En la actualidad, varias direcciones generales se encuentran dirigidas por titulares que tienen por decreto presidencial  los privilegios que corresponden a los ministros de Estado, entre los que se destacan los directores de Indotel, Ideccop, Idac, Superintendente de Seguros y la Dirección de Información y Prensa de la Presidencia.


"El Presidente Leonel Fernández es un civilista y un conocedor del texto constitucional vigente en la República Dominicana por lo que esperamos que derogue los decretos que otorgan esos privilegios a funcionarios que no le corresponden" indicóPrecisó que conforme lo establece la Constitución del país la creación de un ministerio de Estado es una facultad exclusiva del Congreso Nacional y solo después de aprobada la ley que la crea puede el Presidente de la República designar su titular.


Manifestó que el Poder Ejecutivo tiene iniciativa legislativa pero no puede legislar porque estaría vulnerando la separación de los poderes que es un principio fundamental de la democracia.


García dijo que la falta de institucionalidad es uno de los más serios desafíos que tiene la democracia dominicana.

 

 

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