El PDI ELEVA INSTANCIA INCONSTITUCIONALIDAD ANTE SUPREMA CORTE

EL DR. ISMAEL REYES CRUZ, PRESIDENTE Y LIDER DEL PDI, ACOMPAÑADO DE  DIRIGENTES DE LA ENTIDAD AL MOMENTO DE HACER ENTREGA DEL DOCUMENTO QUE CREA UN PRECEDENTE EN LA FORMA DE HACER POLITICA EN NUESTRO PAIS

 

Santo Domingo.-El Partido Demócrata Institucional (PDI) elevó una instancia de inconstitucionalidad en contra Ley 294-11 de Presupuesto y Gasto Público, alegando que fue aprobada en violación a varias legislaciones y a la Constitución de la República.


“Esta instancia es una acción directa de inconstitucionalidad en contra de la Ley 294-11 del Presupuesto Nacional de Ingresos y Gastos Públicos de la Nación para el año 2012, que asciende a 430 mil millones 814 mil 579 pesos, por prestarse a violar la ley General de Educación, 66-97 y  la ley 166-03, que establece el 10 por ciento de los ingresos internos del gobierno central para los ayuntamientos”, dijo Ismael Reyes.


El Presidente del Partido Demócrata Institucional (PDI), expresó que la inconstitucionalidad se invoca debido a que los legisladores produjeron cambios en leyes previamente sancionadas para ajustar las partidas presupuestadas a sus intereses políticos.


“Este es el caso de la Ley la 66-97 mediante la cual se consigna  un 4 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), para Educación y de la ley 166-03, que dispone un 10 por ciento del Presupuesto Nacional para los ayuntamientos del país”, manifestó.


La organización política plantea en uno de sus considerando la acción de inconstitucionalidad que al aprobar, como se hizo, la Ley de Presupuesto y Gasto de la Nación para el año 2012, los legisladores incurrieron la violación de la Ley  General de Educación.


La Ley 66-97en su artículo 197, consigna lo siguiente: “El gasto público anual en educación debe alcanzar en un  periodo de dos años , de la promulgación de esta ley, un mínimo de un dieciséis por ciento (16%), del gasto público total o un cuatro por ciento (4%), del producto bruto interno (PIB) estimado para el año corriente escogiéndose el que fuere mayor de los dos, a partir del termino de dicho periodo; estos valores deberán ser ajustados anualmente en una proporción no menor a la tasa anual de inflación, sin menoscabo de los incrementos progresivos correspondientes en términos de porcentaje del gasto público o del producto interno bruto (PIB)”.


Reclama que por el contrario, los legisladores han fijado una partida inferior a la establecida por la ley previamente aprobada, en flagrante violación a lo que establece la Carta Magna, razón por la cual se invoca la inconstitucionalidad, de acuerdo a la instancia.


Lo propio ocurre con la ley 166-03 que dispone un 10 por ciento del Presupuesto para los ayuntamientos, entidades que requieren cada vez de más recursos y envés de propiciarlos se pospone el incremento.


La instancia contiene una serie de valoraciones, de datos y cifras que justifica que se declare la inconstitucionalidad de la ley.


El PDI plantea su preocupación por el Poder Judicial, cuyo presupuesto no compensa la demanda de las actividades para la administración de una sana justicia y el caso de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), cuyo presupuesto no sólo es pírrico, sino que es injusto para la primera casa de altos estudios del nuevo mundo con categoría histórica y académica para disponer de recursos que permitan la investigación y los aportes que de ella requiere el país. 


La instancia fue depositada en la Secretaría de la Suprema Corte de Justicia por una comisión de abogados y dirigentes del PDI, encabezados por su presidente, Ismael Reyes. La acción legal fue recibida por la secretaria del más elevado 

 

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