SECTORES INFORMALES SOLICITAN INICIO RÉGIMEN CONTRIBUTIVO-SUBSIDIADO

La Gerencia General del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), ante el reclamo por diferentes vías del inicio del Régimen Contributivo-Subsidiado, por parte de asociaciones que agrupan trabajadores informales, dio a conocer el arduo trabajo que realizan en busca de un mecanismo que facilite la protección de estos trabajadores.

Actualmente se realizan los estudios de lugar con organismos internacionales entre ellos la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización Iberoamericana de la Seguridad Social (OISS) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), lo cual facilitará la inclusión de este sector en el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), informó el Gerente General del CNSS, Rafael Pérez Modesto.


“Hemos respondido por escrito a la Federación Nacional de Trabajadores de la Venta, el Comercio, Zonas Francas y Afines (FENATCOZON), quienes han solicitado públicamente cobertura en Salud, Riesgos Laborales y Pensiones para sus afiliados, a través del inicio del Régimen Contributivo-Subsidiado”, dijo.


Pérez Modesto, recordó que la Ley 87-01 que crea el SDSS, cuenta con principios que rigen el accionar de a dicho Sistema, entre los que destacan la universalidad, participación, integralidad, solidaridad, equilibrio financiero, gradualidad, entre otros; siendo precisamente los de gradualidad y equilibrio financiero los que han prevalecido para lograr la implementación del referido Régimen-


El funcionario enfatizó que el Consejo y la Gerencia General tienen como tema principal el inicio del Régimen Contributivo Subsidiado por lo que solicitan el apoyo y colaboración de los sectores en aras del lograr de la universalización de la cobertura de seguridad social en República Dominicana.


Explicó que el Régimen Contributivo-Subsidiado, protegerá a los profesionales y técnicos independientes y a los trabajadores por cuenta propia con ingresos promedio, iguales o superiores a un salario mínimo nacional, con aportes del trabajador y un subsidio estatal para suplir la falta de empleador, según establece el artículo 7 de la Ley 87-01.


El CNSS tiene a su cargo la dirección y conducción del SDSS y como tal, es el responsable de establecer las políticas, regular el funcionamiento del Sistema y de sus instituciones, garantizar la extensión de cobertura, defender a los beneficiarios, así como de velar por el desarrollo institucional, la integralidad de sus programas y el equilibrio financiero del Sistema.

 

Escribir comentario

Comentarios: 0