CUIDADO! LA HABILITACIÓN DOCENTE NO DEBE SER CUALQUIER OFERTA EDUCATIVA

 REFLEXIONES

 

Por: Nelly Amador

 

Tenemos la preocupación   de que los tomadores de de decisiones no suelten la Ley General de Educación, pues en esta   todo está previsto y se legisla respecto a las problemáticas del sistema, como por ejemplo  en cuanto al proceso a vapor en la preparación de maestros para insertarlos en el sistema, al margen de lo que establece la ley sobre la habilitación docente.

 

Tal y como expresa nuestra ley educativa en el artículo 134 y su párrafo 1, la docencia en los niveles Inicial, Básico y Medio debe ser ejercida por profesionales de la educación que cumplan con los requisitos establecidos en la presente ley.

 

En el párrafo I se establece que en los casos en que no se disponga de profesionales de la educación o en áreas especializadas, podrán ejercer la docencia profesionales de otras áreas de nivel superior o especialistas que cursen por lo menos 20 créditos de disciplina pedagógicas, en un plazo no mayor de 3 años, de acuerdo a reglamento establecido para dichos fines, previo cumplimiento de los procedimientos de reclutamiento para la Carrera Docente.

 

En este esfuerzo para capacitar a los maestros, se instituyó mediante ley la habilitación docente, que consistió en capacitar a todos los profesionales  egresados de otras carreras que no tenían titulación  docente y estaban en el sistema.

 

Sin embargo, con  el tiempo de creó una distorsión al involucrar en la habilitación docente personas que no estaban en el sistema, por ejemplo, el Seguro Médico para Maestros erogó en el año 2011 RD$9,410,247 para beneficiar a funcionarios y empleados bajo el subterfugio de habilitación docente, auspiciada por una universidad privada, se habilitaron sin ser maestros, a médicos, abogados, orientadores y de otras carreras, y lo mas grave de la situación, fue la aplicación del incentivo con el escalafón  por habilitación, situación que fue detectada como irregular por la Cámara de Cuentas y la cual fue corregida.

 

Hoy en día hay una corriente distorsionadora que oferta esta habilitación en un tiempo récord de 10 semanas sin que  especifique en qué serán formados los participantes, al mismo tiempo de disponer de becas y tan solo con el requisito de presentar el título de su carrera original, lo que llama poderosamente la atención en que estos procesos se desarrollen con la rigurosidad y el seguimiento necesario como se   ha establecido en nuestra Ley de Educación 66-97.

 

La autora es Educadora y fundadora de la ADP.

 

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